La Superintendencia de Industria y Comercio también ordenó a los organizadores ampliar el plazo para las devoluciones.
Organizadores del concierto de Shakira en Medellín tendrán hasta el 28 de febrero para anunciar nueva fecha en Medellín. Foto: @shakira
La Superintendencia de Industria y Comercio le ordenó a Ticket Colombia y a Promotora Colombia que en un máximo de tres días se anuncie la nueva fecha del concierto de Shakira en Medellín, es decir que tendrán hasta el próximo 28 de febrero para ello.
Esto luego de que, por problemas logísticos, se cancelara el concierto que la barranquillera tenía programado el pasado lunes 24 de febrero en el estadio Atanasio Girardot y que dejó a miles de seguidores de la cantante con las boletas compradas, reservaciones de hoteles y vuelos que perdieron.
Ante ello la SIC, a través de la resolución No. 7865 de 25 de febrero de 2025, les exigió a los organizadores del evento “informar claramente la nueva fecha del concierto antes del 28 de febrero de 2025, a través de canales oficiales como página web oficial del operador y productor, correo electrónico masivo a cada uno de los compradores”, entre otras.
🚨 #Atención | La SIC ha emitido órdenes administrativas a TICKET COLOMBIA y PROMOTORA COLOMBIA con el propósito de proteger a los consumidores y evitar posibles perjuicios causados por la reprogramación del concierto de Shakira en Medellín.
Conoce los detalles de la medida👇 pic.twitter.com/PlDoBdPz5t
— Superintendencia de Industria y Comercio 🇨🇴 (@sicsuper) February 25, 2025
Ampliarán plazo para devoluciones
La Superintendencia indicó, por otra parte, que se debe ampliar el plazo para quienes quieran recuperar el dinero que invirtieron en las boletas.
“La devolución deberá hacerse en un plazo máximo de 15 días hábiles. Además, se ampliará el plazo para la solicitud de la devolución como mínimo 5 días hábiles más después de la notificación de la nueva fecha”, añadió la SIC en la comunicación.
Frente a quienes ya solicitaron la devolución, la SIC aclaró que podrán retractarse y asistir al evento si así lo desean, siempre y cuando dicha devolución aún no se haya hecho efectiva.
Advirtieron, que de no cumplirse algunas de las ordenes impartidas las empresas a cargo del concierto de Shakira podrían verse sujetas a “imposición de multas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Estatuto del Consumidor”.